Testimoniales

Derechos Digitales en el trabajo

Laboral y empresarial
Material educativo

La Carta de Derechos Digitales, en su art. XIX, protege a las personas trabajadoras cuando el empleo se desarrolla en entornos digitales o se usan herramientas tecnológicas. Su objetivo es que la digitalización mejore el trabajo sin invadir la vida privada ni empeorar las condiciones laborales.

Reconoce el derecho a recibir formación y los medios técnicos necesarios para trabajar con seguridad en lo digital, incluyendo pautas para proteger sistemas y adaptarse a los cambios tecnológicos de la empresa.

Garantiza la conciliación en contextos digitales: no puede haber discriminación por cuidar a la familia, se pueden pedir ajustes de jornada y teletrabajo cuando sea razonable, y se mantienen permisos (incluido el parental). Estas medidas alcanzan también al empleo público.

Asegura la desconexión digital: el tiempo de descanso debe respetarse y no se exige estar disponible fuera de la jornada, aunque existan canales de mensajería o dispositivos de empresa.

En teletrabajo rigen los mismos derechos que en presencial: igualdad de trato y oportunidades, y respeto a la intimidad y al hogar cuando se trabaja desde casa.

La empresa debe informar a la representación de las personas trabajadoras sobre las herramientas y algoritmos usados en recursos humanos y sobre los cambios tecnológicos previstos, evitando sesgos y decisiones automatizadas que puedan discriminar.

Estos derechos corresponden a quienes trabajan por cuenta ajena, tanto en el sector privado como en el público, e incluyen al personal funcionario. Los derechos de carácter colectivo los ejercen los representantes (comités y sindicatos), y en la negociación colectiva pueden pactarse garantías adicionales y participación en la transformación digital.

Si se vulnera un derecho fundamental, existe una vía rápida ante los tribunales y, en su caso, recurso de amparo. En el resto, se reclama ante la jurisdicción social; si se trata de personal funcionario, ante la contencioso-administrativa. También cabe acudir a la Inspección de Trabajo y a la representación de la plantilla.

En positivo, la digitalización impulsa la cualificación, facilita el teletrabajo y mejora la conciliación; como cautelas, deben respetarse la desconexión y la transparencia en el uso de tecnología para evitar vigilancia excesiva o decisiones sesgadas.

¿Te interesa conocer en profundidad cada uno de estos derechos digitales y cómo se aplican en la práctica?

A través del siguiente enlace podrás acceder a la ficha técnica que detalla los aspectos más relevantes de esta normativa. ¡No te lo pierdas!